La nueva Ley de startups, por fin un cambio

La nueva Ley de startups, por fin un cambio


Solo queda un trámite parlamentario, pero el Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado la Ley de Fomento del Ecosistema de Empresas Emergentes, más conocida como Ley de Startups. Esta norma es la primera orientada de manera específica a la creación de un ecosistema emprendedor innovador en Europa. Ya está preparada su publicación en el BOE y su entrada en vigor.

La Ley de Startups supone uno de los grandes compromisos de esta legislatura y forma parte del conjunto de reformas para la mejora del clima de negocios del país, junto con la Ley Crea y Crece y la Ley Concursal, aprobadas este año. También es uno de los hitos más importantes para este ejercicio dentro de la Agenda España Digital 2026, hoja de ruta del ambicioso plan de digitalización que está llevando a cabo el país.

De las 72 enmiendas presentadas, 50 de ellas están dirigidas a las startups y su ecosistema.

España tiene el más alto número de startups de la UE, con un crecimiento significativo de la inversión. Con 11.100 empresas startups que emplean a 140.000 personas, España es el cuarto país europeo con mayor número de este tipo de empresas.

Según el informe de PwC que analiza el impacto de la Cumbre Sur en el ecosistema emprendedor en los últimos diez años, en este ecosistema hay 6.446 inversores privados, 366 grupos de inversión, 149 aceleradoras y 99 incubadoras.

 

Novedades de la Ley de Startups

 

Agilidad administrativa para constituir una empresa

 

Se unificarán los trámites en una sola ventanilla de forma gratuita para los aranceles en cuanto a notarios y registradores para crear una empresa online sin costes públicos.

Se dispondrá de una certificación de cuyo trámite se ocupará Enisa y la Oficina Nacional de Emprendimiento.

 

Incentivos fiscales

 

Cambia de forma importante la tributación de los stocks options por parte de los empleados. Anteriormente había que tributar hasta 12.500€ independientemente si había ganancia o no sobre las mismas.

Aquí cambia radicalmente esta tributación es a partir de 50.000€, tributando solo a partir de esa ganancia y solo al venderse, por lo que, si la empresa acaba desapareciendo, el trabajador no habrá pagado impuestos por adelantado de un cobro en especie que nunca se ha llegado a materializar.

 

Esto al final conlleva una reducción de los tipos del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, reduciendo el tipo impositivo general del 25% al ​​15% en los cuatro primeros años de base imponible positiva.

 

 

Requisitos

 

Los principales requisitos de las empresas tecnológicas (las que necesitan un uso intensivo de nuevas tecnologías y de un conocimiento técnico) para que se les aplique esta nueva ley son los siguientes:

 

  • Ser una compañía de nueva creación (que no hayan pasado más de cinco años desde su constitución).
  • Tener sede o establecimiento permanente en España.
  • El 60% de los trabajadores deben tener contrato en España.
  • No repartir dividendos.

 

Atraer talento externo

 

La Ley habla sobre los atractivos que tiene España como país para la atracción de talento digital y externo: clima, forma de vida, gastronomía, cultura, seguridad, etc…

 

No sólo somos atractivos por lo más obvio, sino que somos uno de los países europeos con un mayor despliegue de fibra óptica, un interesante clúster de investigación y desarrollo tecnológico o el nivel de las Universidades.

 

Con estas bondades, somos un lugar óptimo para la captación de nómadas digitales mundiales y por ellos emprendedores y profesionales teletrabajan ya desde nuestro país.

 

Para ello, se mejora el régimen fiscal de Impuesto sobre la Renta de No Residentes, que se aplica a directivos y trabajadores de startups, inversores y nómadas digitales, quienes podrán acceder a un visado especial de hasta cinco años.

 

También favorece la vuelta del talento al reducir a cinco años la no residencia anterior en España para acceder a este régimen especial.

 

Los nómadas digitales también se pueden acoger a la legislación

 

Se agilizan los trámites para lograr visados, especialmente para las startups españoles o autónomos digitales, quienes tendrán un tipo impositivo reducido. Los inversores que no residan en España requerirán un NIF, y no un NIE.

 


 

Nueva fiscalidad para los Business Angels 

 

Los Business Angels (personas con capital propio que proporcionan financiación a las empresas emergentes a cambio de convertirse en socios de las empresas) y los inversores individuales se beneficiarán de una legislación especial específica para el entorno de las empresas emergentes.

 

Para los Business Angels en empresas de nueva creación, se incrementa el plazo para la inversión, pasando de tres a cinco años desde el momento de su constitución, pudiendo llegar a siete años en casos determinados, como puede ser el de empresas de biotecnología.

 

El porcentaje de deducción se eleva del 40% al 50% en la declaración de IRPF y la base de esta se amplía de 60.000 € a 100.000 €, permitiendo también la aplicación de la deducción a los socios fundadores de las empresas con independencia de su porcentaje de participación en las mismas.

 

La medida más importante para las propias startups es la aplicación de un tipo reducido del 15% en el impuesto sobre sociedades durante el primer ejercicio con base imponible positiva y en los tres siguientes desde su fecha de creación.

 

Finalmente, la participación adquirida por el Business Angel no podrá sobrepasar el 40% del capital social y no se admitirá que se haga su aportación desde un vehículo tipo societario.

 

Como habrás podido comprobar, la nueva Ley de startups incorpora cambios importantes y mejores condiciones que la ley anterior y busca apoyar a las empresas en su momento inicial, que afrontan mayor riesgo. Pero no olvida a otras empresas enfocadas a las scale-ups con la Ley Crea y Crece.

 

 

 

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